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¿Qué es la emergencia sanitaria?… medida decretada en México por coronavirus

Ayer, el Gobierno de México se decretó la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por COVID-19 en México. Al dar lectura al decreto por el que se declara la alerta, se indicó que esta se emite por las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia.

Pero, ¿qué implica la declaratoria de emergencia?

La Emergencia Sanitaria se acota a las medidas expresadas en el decreto: la suspensión del 30 de marzo al 30 de abril de todas las acciones no esenciales; la extensión de la Jornada de Sana Distancia hasta el 30 de abril.

También incluye un exhorto a la población a resguardarse en sus hogares para evitar contagios; que las personas mayores de 60 años no vayan a trabajar y la suspensión de censos que involucren interacción física.

Cuando la emergencia termine, la misma declaratoria señala que se hará un regreso escalonado a las actividades laborales, supervisado por la Secretaría Federal del Trabajo y Previsión Social.

Todas estas medidas se harán en pleno respeto a los derechos humanos, señala el decreto.

¿Qué no incluye la Emergencia Sanitaria?

La emergencia sanitaria no implica toque de queda, suspensión de garantías, ni desabasto, así lo expuso el subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell durante la sesión de preguntas y respuestas de la conferencia diaria sobre COVID-19.

Sobre todo, la Declaratoria de Emergencia Sanitaria permite reducir la velocidad de los contagios, indicó López-Gatell.

Por su parte, a pregunta expresa, el canciller Marcelo Ebrard Casaubón expuso que este tipo de Declaratoria de Emergencia no implica la suspensión temporal de las obligaciones laborales a que se refiere el artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo.

Dicho artículo plantea que en caso de enfermedad contagiosa del trabajador, puede suspenderse la relación laboral.

Sin embargo, Ebrard fue enfático al afirmar que “esta declaratoria de Emergencia Sanitaria es por causas de fuerza mayor y no permite aplicar ese artículo”.