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Legalizan intervención militar en tarea policiales

A partir de hoy los elementos del Ejército y la Marina podrán ejecutar legalmente doce funciones de seguridad pública que por definición eran competencia exclusiva de los policías civiles en México, y que van desde la posibilidad de hacer detenciones por cuenta propia, hasta supervisar cruces migratorios o participar en operativos para “reestablecer el orden”.

Lo anterior gracias a una orden del presidente Andrés Manuel López Obrador dada a conocer ayer a través de un acuerdo publicado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en el Diario Oficial de la Federación.

Dicha orden se sustenta en una reforma constitucional aprobada el año pasado con motivo de la creación de la Guardia Nacional, la cual habilitaba al presidente a echar mano durante los próximos cinco años de las fuerzas miliares convencionales para funciones policiales.

En el papel se trata, según dicha reforma, de un apoyo solo para situaciones “extraordinarias” y subordinada a un mando civil, mientras se terminaba de conformar y desplegar a la referida Guardia Nacional.

Sin embargo, especialistas y organizaciones civiles advirtieron que el acuerdo presidencial no respeta dichas condiciones y por el contrario abre la puerta a una intervención amplia de los militares en la seguridad, sin fijar plazos claros, sin subordinación civil y sin controles externos.

El Colectivo Seguridad Sin Guerra emitió por la noche un posicionamiento en el que acusa que el acuerdo no regula la intervención militar sino, por el contrario le “quita la máscara” al militarismo de la seguridad en el país.

“Un gobierno que esté verdaderamente comprometido con la desmilitarización del país y la construcción de paz, no debería emitir un acuerdo de este tipo, sino reglas claras, objetivos precisos y un sistema de fiscalización y rendición de cuentas mientras continúen en las calles”, señaló el colectivo que agrupa a mas de 30 organizaciones.

La orden: detener, vigilar, asegurar

La orden presidencial publicada faculta a las fuerzas armadas a intervenir y apoyar a en doce acciones distintas de seguridad pública contempladas en el artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional.

Las acciones van desde la implementación de estrategias y operativos para la prevención del delito en general, hasta participar activamente en el resguardo y vigilancia de aduanas, zonas fronterizas, aeropuertos, carreteras federales, puntos migratorios, parques nacionales, instalaciones federales, medios de transporte, entre otros.

También se faculta a soldados y marinos a realizar detenciones o asegurar bienes posiblemente relacionados con algún hecho delictivo, así como preservar lugares relacionados con crímenes y recolectar evidencia en estos. En síntesis, intervenir por su cuenta en caso de que se cometa un delito.

El acuerdo publicado también faculta a las fuerzas armadas permanentes a colaborar con autoridades estatales y municipales en acciones encaminadas a preservar el “orden público” y “reestablecer la paz”.