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Nuevo León aprueba que médicos puedan negar servicios de salud por supuestos principios morales

Legisladores del estado de Nuevo León, en el norte de México, aprobaron una reforma a la Ley Estatal de Salud que permitirá que los prestadores de los servicios de salud puedan negarse a dar atención con base en sus creencias, por ejemplo, a migrantes, pacientes con VIH o miembros del colectivo LGBT.

Con 35 votos a favor y seis en contra, el Congreso de aquel estado aprobó el lunes en la noche la reforma al artículo 48 de la ley estatal de salud, con lo que los médicos pueden alegar “objeción de conciencia” con base en principios “éticos o morales”.

Esta decisión abre la puerta a que los profesionales de la salud se puedan oponer a atender a personas que consideren estén en contra de sus creencias ya sean religiosas, morales, políticas, humanas o filosóficas.

La objeción de conciencia, explicó la diputada María Guadalupe Rodríguez Martínez, quien presentó el dictamen, es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando estos contradicen los propios principios “éticos o morales”.

Sin embargo, Rodríguez Martínez, que forma parte del Partido del Trabajo (PT), detalló que sólo podrá imponerse la objeción de conciencia cuando el caso no sea una emergencia.

Entre los legisladores que se opusieron a la reforma están los representantes de Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Movimiento Regeneración Nacional (Morena), quienes argumentaron que esta reforma se trata de “una práctica discriminatoria que afecta a los grupos más vulnerables y violenta el derecho constitucional fundamental de acceso a la salud”.

Del mismo modo, lamentaron que la objeción de conciencia no establezca que el médico que se niegue a prestar la atención esté obligado a remitir al paciente con otro profesional que sí quiera atenderlo.